domingo, 15 de diciembre de 2013

Seguridad ciudadana

He leído estos días un resumen informativo del anteproyecto de ley de protección de la seguridad ciudadana y la nueva ley de seguridad privada. También he leído en alguno de los muchos artículos de opinión publicados al respecto que la tramitación en estos momentos de ambos proyectos es algo programado para satisfacer, tras dos años centrados en política economómica, al electorado más conservador del Partido Popular. No sé si será cierto, pero es verosímil.

No haré demasiados comentarios sobre la primera norma. A mí me sorprende que tenga en ella la consideración de falta muy grave, y por lo tanto sancionable con multa de 30.000 a 600.000 euros, "La convocatoria por cualquier medio o asistencia a cualquier reunión o manifestación, con finalidad coactiva e inobservancia de los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, desde que, conforme a la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, haya finalizado la campaña electoral hasta la finalización del día de la elección."

Es solo un ejemplo. Veamos otro, esta vez de falta grave sancionable con multa de 1.000 a 30.000 euros: "La perturbación de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones frente a las sedes del Congreso de los diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, aunque no estuvieran reunidos, celebradas con inobservancia de los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio." Hay varios ejemplos similares más en el proyecto, y no es difícil saber qué los ha motivado. (1)

Podemos estar o no de acuerdo, pero yo creo que esto tiene más bien poco que ver con lo que la mayoría de nosotros entendemos por "seguridad ciudadana", y bastante más con el concepto que cierta derecha tiene de "orden público". Por si alguien no me entiende, creo que ciertos sectores de la derecha entienden por orden público que unos manden y otros obedezcan, y no me proteste usted que le meto una multa de 600.000 euros. Cifra, por cierto, que viene a ser como treinta años de mi sueldo, año más, año menos, si se me ocurriese la peregrina idea de acudir a una manifestación (ni siquiera convocarla) en la jornada de reflexión. Proporcionado, lo que se dice proporcionado, no me parece.

Con todo, me preocupa mucho más la segunda norma, la ley de seguridad privada. Contempla esta nueva ley la posibilidad de que los vigilantes privados puedan identificar, registrar y hasta detener a una persona incluso en la vía pública. Y esto es una barbaridad. Se ha insistido bastante estos días en que la fomración de un vigilante privado no se compara ni de lejos con la de un policía o un guardia civil. Pero ésta no es la cuestión. Aunque tuvieran una formación equivalente, incluso aunque los vigilantes privados estuvieran mejor formados, seguiría diciendo que es una barbaridad.

El agente de los cuerpos de seguridad del Estado no sólo es un profesional bien formado, es un funcionario público al servicio de los ciudadanos. Ha accedido a su función con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y tiene en su trabajo unas garantías (algunos lo llaman privilegios) que lo son también para el ciudadano de que ejercerá su labor con independencia y sujeción exclusiva a la ley.

Por el contrario, el agente de seguridad privada es, como el nombre indica, una persona al servicio de intereses privados. Todo lo legítimos que se quiera, pero privados. Es un profesional contratado por un particular, pagado por un particular, que puede ser despedido en cualquier momento por un particular, y que se haya bajo la dirección de un particular. Permitir a estas personas ejercer funciones que deberían estar reservadas a las fuerzas de seguridad del Estado, restringiendo por muy temporalmente que sea derechos fundamentales, es convertirlos en policías privados. En algo comparable, si se me permite la exageración, a las antiguas mesnadas. No me importa los límites o las pretendidas garantías que la norma establezca, es inadmisible per se.

Todo esto en un contexto en que a la policía, como al resto de funcionarios y so pretexto de la austeridad, se les aplica una tasa de reposición del 10%. Es decir, que por cada diez agentes que causan baja por jubilación o incapacidad solo se incorpora uno.

Pero no es, aseguran, una privatización de la policía ¡qué va! Nosotros, que somos mal pensados.
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(1) Después del tiempo transcurrido desde que escribí este texto, es posible que sí haga falta explicar qué motivó estos cambios legislativos. Estaban entonces en su apogeo las protestas ciudadanas surgidas del movimiento 15-M.